DAP – Delivered At Place

Delivered At Place (named destination place) → ‘entregado en un punto (lugar de destino convenido)’.

El Fabricante asume todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (no obligatorio), hasta que la mercancía se despacha en la Terminal definida. Asumiendo los riesgos hasta el momento.

Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES.

Obligaciones comprador

  • Este tiene que pagar el precio según lo dispuesto en el contrato de compraventa, así como conseguir cualquier licencia de importación, autorización oficial precisa y realizar todos los trámites aduaneros necesarios para la importación.
  • Tomar posesión de la mercancía tan pronto como ésta sea puesta a su disposición y asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde este momento, salvo que no le haya dado aviso suficiente al vendedor en donde asumirá todos los riesgos de pérdida y daño a partir de la fecha convenida para la entrega.
  • Recibir la entrega de la mercancía tan pronto como haya sido puesta a su disposición, así como asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía desde el momento en que haya sido puesta a su disposición.
  • Cuando tenga el derecho de determinar la fecha dentro de un estipulado plazo y/o el lugar de recepción de la entrega le tiene que dar al vendedor aviso suficiente al respecto.
  • Soportar los gastos de demora (ocupación, muellaje, almacenaje) que se generen durante los tramos de despacho aduanero de importación.

Obligaciones Fabricante

  • Deber suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de venta.
  • Asumir todos los riesgos de pérdida o daño de la mercancía hasta el momento en que haya sido entregada.
  • Contratar el transporte de la mercancía por una ruta usual y en una forma acostumbrada hasta el punto convenido del lugar de entrega.
  • Asumir todos los costes, transporte principal y seguro (no obligatorio) incluidos, hasta que la mercancía se despacha en la Terminal definida.
  • Asumir todos los riesgos hasta el momento en que despacha la mercancía.
  • Pagar los gastos de las operaciones de verificación necesarios para poder entregar la mercancía y proporcionará a sus expensas el embalaje requerido para el transporte de la mercancía.

Documentación mínima aportar por el vendedor

  • Factura comercial.
  • Lista de contenido (en el supuesto de que la expedición esté compuesta por más de un bulto).
  • Otros documentos dependiendo de las características del producto:
    • Certificado Sanitario.
    • Certificado de Metrología.
    • Certificado de Pesos.
    • Certificado CITES.
    • Otras Certificaciones relativas al producto a tramitar en el país de origen.
    • Documento de transporte marítimo Bill of Lading (Master de B/L o House de B/L, o transporte por Carretera CMR, o transporte Aéreo AWB, o transporte por Ferrocarril CIM o transporte multimodal FBL
  • En función del Régimen Comercial de Exportación, el vendedor podrá precisar para el despacho Aduanero de Exportación algunos de los siguientes documentos:
    • Licencia de Exportación.
    • Autorización Administrativa de Exportación.
    • Documento de Vigilancia Comunitaria.
    • Notificación Previa de Exportación.

Medios de pago habituales

  • Transferencia.